martes, 25 de septiembre de 2012

CONFORMACIÓN COMISIÓN TERRITORIAL DE SEGUIMIENTO PNDE MALAMBO

Mediante acto administrativo, el señor alcalde Adolfo Bernal (2008-2011), reconoció el proceso para la elección y conformación de la Comisión Territorial de Seguimiento al PNDE de Malambo y delegó a la Licenciada Nury Salcedo como Coordinadora de la Comisión.
De acuerdo con lo expresado en la Resolución, en su artículo primero, los titulares y el sector que representan son:

Nury Salcedo Meza:    Coordinadora Territorial 
Sandra Bustillo:  Personero de los estudiantes
Víctor Villegas:   Padres de familia
Jaime Cuevas:    Sector productivo
María Margarita Rojas:   Docentes
Jaime Sarmiento:             Directivos
Lilia Fernández: Instituciones educativas privadas
Efraín Merlano:                 Asambleístas 

Los suplentes:
Nicoly López :     Personero de los estudiantes
Henry Sánchez:  Padres de familia
Rubiela Giraldo:  Sector productivo
Edwin Cano:        Docentes
Alfredo Mercado:   Directivos
Humberto Vásquez:    Instituciones educativas privadas
Candelario Miranda:       Asambleístas

sábado, 21 de abril de 2012

PNDE, PLANES NACIONALES , MUNICIPALES Y PEI

En la gráfica se muestra como los planes a nivel nacional ( tanto el de Gobierno como el Sectorial ) se articulan con el PNDE. De la misma manera han de hacerlo los planes de desarrollo y de educación  entes territoriales, así como  el PEI de cada institución.

viernes, 23 de marzo de 2012

DE LOS PLANES SECTORIALES Y LA LEY 115 DE 1994


Artículo 151º.- Funciones de las Secretarías Departamentales y Distritales de Educación. Las secretarías de educación departamentales y distritales o los organismos que hagan sus veces, ejercerán, dentro del territorio de su jurisdicción, en coordinación con las autoridades nacionales y de conformidad con las políticas y metas fijadas para el servicio educativo, las siguientes funciones: Ver Artículo 30 Decreto Nacional 907 de 1996 Suprema Inspección y Vigilancia del Servicio Educativo Estatal.
a. Velar por la calidad y cobertura de la educación en su respectivo territorio;
b. Establecer las políticas, planes y programas departamentales y distritales de educación, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional;
c. Organizar el servicio educativo estatal de acuerdo con las prescripciones legales y reglamentarias sobre la materia y supervisar el servicio educativo prestado por entidades oficiales y particulares;
d. Fomentar la investigación, innovación y desarrollo de currículos, métodos y medios pedagógicos;
e. Diseñar y poner en marcha los programas que se requieran para mejorar la eficiencia, la calidad y la cobertura de la educación;
f. Dirigir y coordinar el control y la evaluación de calidad, de acuerdo con los criterios establecidos por el Ministerio de Educación Nacional y aplicar los ajustes necesarios.
g. Realizar los concursos departamentales y distritales para el nombramiento del personal docente y de directivos docentes del sector estatal, en coordinación con los municipios;
h. Programar en coordinación con los municipios, las acciones de capacitación del personal docente y administrativo estatal;
i. Prestar asistencia técnica a los municipios que la soliciten, para mejorar la prestación del servicio educativo;
j. Aplicar, en concurrencia con los municipios, los incentivos y sanciones a las instituciones educativas, de acuerdo con los resultados de las evaluaciones de calidad y gestión;
k. Evaluar el servicio educativo en los municipios;
l. Aprobar la creación y funcionamiento de las instituciones de educación formal y no formal, a que se refiere la presente Ley; Ver Decreto Nacional 114 de 1996
m. Consolidar y analizar la información de los municipios y remitirla al Ministerio de Educación Nacional, de acuerdo con los estándares fijados por éste, y
n. Establecer un sistema departamental y distrital de información en concordancia con lo dispuesto en los artículos 148 y 75 de esta Ley.
Propuesta de elementos de un Plan Sectorial...CLIC AQUÍ

LOS COMISIONADOS Y LOS PLANES DE EDUCACIÓN


"Fundamentados en estos dos instrumentos legales, los comisionados nacionales  y territoriales de seguimiento al Plan Decenal podemos actuar con los alcaldes y  gobernadores, así como con sus secretarios de educación, para que la  formulación de sus respectivos planes de desarrollo territorial en el ámbito  educativo, consulte y se articule con lo dispuesto en el Plan Nacional Decenal  de Educación 2006-2016. " ..."Agradecemos a los comisionados que obtengan éxito en sus gestiones con los  alcaldes y/o gobernadores en la articulación del plan de desarrollo territorial con  el Plan Decenal en materia educativa, que nos lo haga saber a la gerencia del  PNDE a través de este mismo medio."
FUENTE: Documento de Teodoro Pérez, Gerente PNDE LEER EL DOCUMENTO COMPLETO


sábado, 4 de febrero de 2012

PROSPERIDAD PARA TODOS, PNDE Y MALAMBO


“Por su parte, el artículo 10 de la Ley 1450 de 2011, mediante la cual se expide
el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014 Prosperidad para Todos, ordena: “Artículo 10:  Armonización del Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014  con el Plan Nacional Decenal de Educación 2006-2016. En cumplimiento de lo  ordenado por la Ley General de Educación (Ley 115 de 1994), la política educativa del  gobierno nacional contenida en el presente Plan Nacional de Desarrollo  deberá armonizarse con los propósitos y lineamientos del Plan Nacional Decenal de Educación  2006-2016.


Con el fin de fortalecer la planeación educativa en las regiones, los departamentos, distritos y municipios articularán y armonizarán sus Planes de Desarrollo en materia educativa con lo dispuesto en el Plan Decenal de  Educación 2006-2016 y en el Plan Nacional de Desarrollo 2010-2014.
Fuente documento de Teodoro Pérez, Gerente del PNDE CLIC AQUÍ PARA LEERLO

martes, 3 de enero de 2012

LEY 115 Y PNDE

En el documento suscrito por el Señor Teodoro Pérez encontramos directrices para los comisionados así como el fundamento legal acerca del PNDE que  transcribimos:

"Vale recordar que la ley 115 de 1994, también conocida como Ley General de Educación, ordena en su artículo 72: “Plan Nacional de Desarrollo Educativo. El Ministerio de Educación Nacional, en coordinación con las entidades territoriales, preparará por lo menos cada diez (10) años el Plan Nacional de Desarrollo Educativo que incluirá las acciones correspondientes para dar cumplimiento a los mandatos constitucionales y legales sobre la prestación del servicio educativo.
Este plan tendrá carácter indicativo, será evaluado, revisado permanentemente y considerado en los Planes nacionales y territoriales de Desarrollo.


Fuente: ORIENTACIONES A LOS COMISIONADOS SOBRE ARTICULACIÓN DE LOS PLANES DE DESARROLLO TERRITORIAL CON EL PLAN NACIONAL DECENAL DE EDUCACIÓN 2006-2016

lunes, 28 de noviembre de 2011

DIRECTORA DE LA COMISIÓN TERRITORIAL DE SEGUIMIENTO AL PNDE MALAMBO

Siguiendo las directrices expuestas por el MEN  en PNDE CLIC AQUÍ


La secretaría De educación de Malambo designó  a la licenciada Nury Salcedo Meza como directora/Coordinadora de la Comisión Territorial de seguimiento al PNDE de Malambo. 


Para comunicarte, puedes escribirle a:

pndemalambo@gmail.com

Dentro de sus acciones se destacan las siguientes:

*Asistencia a la II Comisión Nacional de Seguimiento al PNDE 2009-2016. Barranquilla (2010)

*Asistencia a la instlación de las Comisiones de seguimiento del Atlántico, Soledad y Barranquilla.
* Participación en los Encuentros Regionales "Educación de Calidad el camino para la prosperidad", Santa, Cartagena, Bogotá (2011)
* Participación en el Foro Educativo Nacional de la Calidad. Bogotá (2011)